POLÍTICA PARA EL VIAJE DE MENORES DE EDAD
- Programar el viaje con anticipación.
- Cumplir como pasajero con los tiempos establecidos de abordaje; los cuales se encuentran plasmados en el numeral 3. Obligaciones del pasajero inciso 3.1.7 (el pasajero deberá estar presente con treinta (30) minutos de antelación a la hora de salida.)
- Se entenderá por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad (Artículo 3 de la Ley 1098
de 2006 – Código de infancia y Adolescencia) - Los menores de edad deben portar su documento de identidad de acuerdo con su
edad:- De 0 a 7 años: Registro Civil de Nacimiento.
- De 7 a 17 años: Tarjeta de Identidad, NUIP o pasaporte.
- Los menores de edad no podrán ocupar asientos en la fila siguiente al conductor; en cualquier servicio corresponde a los asientos 1, 2, 3 y 4. Tampoco podrán ocupar los asientos de la primera fila del segundo piso de los servicios Doble Piso y Doble Piso Más; lo que corresponde a los asientos 13, 14,15 y 16.
- Los niños y niñas de brazos (de 0 a 2 años) viajan sin ocupar asiento, en el cuidado o supervisión de sus padres o un adulto responsable. Solo se permitirá un niño o niña en brazos por adulto. En los casos que el pasajero se presente con dos niños o niñas de 0 a 2 años, irá en brazos quien tenga la menor edad y el de mayor edad, aún si no supera los 2 años de edad deberá pagar tiquete y ocupar asiento individual; se asignará un asiento junto a sus padres o el adulto responsable autorizado por el padre, la madre o tutor legal, según disponibilidad de Copetran
- Todo menor de edad a partir de los 3 años deberá ocupar un asiento individual, pagar tiquete y viajar con el padre, la madre, tutor legal o un adulto responsable autorizado por el padre, la madre o tutor legal.
- Los menores de edad entre los 3 años y 12 años no podrán viajar sin el cuidado o supervisión de sus padres o un adulto responsable autorizado por el padre, la madre o tutor legal.
- Podrán viajar sin la compañía o supervisión de sus padres o un adulto responsable los menores de edad entre los 13 y 17 años, para ello se deberá presentar debidamente diligenciado el formato de AUTORIZACIÓN PARA EL TRANSPORTE DE MENOR DE EDAD SIN ACOMPAÑANTE (FT-FS-16), el cual podrá ser solicitado en nuestros centros de experiencia a nivel nacional o descargado en nuestra página web www.copetran.com. El formato deberá ser entregado en dos (2) copias diligenciadas por el padre, madre o el responsable legalmente del menor, una copia para ser entregada en la taquilla y otra copia para ser entregada al conductor; lo anterior con los siguientes anexos.
- Copia del documento del padre, madre o tutor legal que autoriza.
- Copia del documento de identidad del mayor de edad autorizado a viajar con el menor de edad.
- Copia del registro civil de nacimiento del menor de edad.
- Copia de la tarjeta de identidad o pasaporte del menor de edad
- Copia de la sentencia Judicial (tutor legal)
- Sera responsabilidad de quien firma el formato de autorización, la persona por él designada para recoger el menor de edad en el lugar de destino con copia del documento de identidad. Para ello se deberá indicar nombre completo, número de identificación y teléfono de contacto. En caso de no presentarse la persona autorizada el menor será puesto a disposición de las autoridades competentes
- Las autorizaciones para el transporte de menores de edad sin acompañante serán válidas por un (1) solo viaje.
- Todo menor de edad que viaje solo o acompañado ya sea de su madre, padre o tutor legal u otra persona autorizada deberá portar (siempre que viaje) el formato AUTORIZACIÓN PARA EL TRANSPORTE DE MENOR DE EDAD SIN ACOMPAÑANTE (FT-FS-16)
- En los casos que el menor de edad presente PCD (Persona en condición de discapacidad) es necesario que el padre, la madre, tutor, o adulto responsable autorizado por el padre, la madre o tutor, informe al menor el contenido del tiquete para que el menor comprenda de manera clara la información allí suscrita.
- Sera responsabilidad de quien firma el formato de autorización diligenciar si el menor de edad presenta PCD (Persona en Condición de Discapacidad).
- El menor de edad que presente PCD (Persona en Condición de Discapacidad) debe viajar siempre en compañía de su padre, madre, tutor legal o de un adulto responsable autorizado por su padre, madre, o tutor legal.
NOTA: En caso de presentar duda o aclaración para el viaje de menores de edad, deberá comunicarse con nuestra línea PBX 323 563 9139 en los horarios de atención publicados en nuestra página web www.copetran.com.